
Este
año se cumplen doscientos diez años desde aquel 1812 en el que un importante
número de parlamentarios – llegados de España y de allende los mares – se
reunieron en Cádiz, en el Oratorio de San Felipe Neri, y aprobaron la primera
Constitución política de España. Las
Cortes, que se habían reunido desde el 24 de septiembre de 1810 en la isla de
León, se trasladaron a Cádiz en febrero de 1811.
En
diciembre de 1810 el diputado liberal Antonio Oliveros proponía a las Cortes el
nombramiento de una comisión que se encargara de redactar un proyecto de
constitución política de la monarquía. Las cortes así lo aprobaron y esta
comisión estuvo formada por 15 miembros de los que cinco eran realistas o
absolutistas como Juan Pablo Valiente, parlamentario sevillano, o el gaditano
Francisco Rodríguez de la Bárcena. Cinco eran americanos y otros cinco eran
destacados liberales como Diego Muñoz Torrero, que fue su presidente, Agustín
Argüelles o Evaristo Pérez de Castro, uno de sus secretarios.
Los
debates constitucionales comenzaron en marzo de 1811 y concluyeron el 24 de
diciembre de ese año. Se elaboró un Discurso Preliminar que fue un documento
básico para conocer la teoría constitucional del liberalismo de 1812 y que
destaca por su originalidad y gran repercusión, no sólo para la historia
constitucional de España, sino también para todo el mundo hispano. Los redactores
de dicho discurso fueron el asturiano Agustín Argüelles y el catalán José
Espiga. El texto constitucional aprobado se componía de 384 artículos y se
promulgó el día de San José, de ahí que se le conozca con el popular nombre de
“la Pepa”.

Su
aprobación suponía una auténtica ruptura con el Antiguo Régimen y se convertía
así en un símbolo de la libertad política. A partir de ella se fundamenta el
Estado sobre principios limitadores del poder, en aquel momento, absoluto de
los reyes. Se establecían unas sanas reglas políticas y jurídicas y los
parlamentarios confiaban en que con ellas se alcanzaban cotas de bienestar
social para la población que hasta entonces eran desconocidas. Para ellos, la
Constitución que acababan de aprobar era la palanca que impulsaría la felicidad
de los españoles de la época, aún padeciendo el asedio de los invasores
franceses.
Hablar
en la actualidad de Soberanía nacional y de División de poderes, sus dos
principios básicos, de la libertad individual, la libertad de prensa o de la
inviolabilidad del domicilio es algo que no tiene interés porque ya está
conseguido y es consustancial a la democracia que hoy disfrutamos, pero en 1812
estos principios se presentaban como absolutamente modernos e innovadores y
rompían con el inmovilismo del antiguo régimen que imponía el poder absoluto de
los reyes.
De
manera absurda y poco inteligente, ni Carlos IV ni su hijo, Fernando VII, supieron apreciar el
valor que representaba que una asamblea de parlamentarios adoptara una Carta
Constitucional para diseñar el nuevo reparto de los poderes públicos y, como
dice el refrán: “En casa del pobre, la felicidad dura poco”. En marzo de 1814
Fernando VII abandona su retiro francés y se traslada a España, después de
haber firmado en diciembre de 1813 con Napoleón el tratado de Valençay – ciudad
donde estaba retenido –, por el cual podía regresar a nuestro país como rey. El
“Deseado”, que así lo llamaban sus partidarios, lo primero que hace es abolir
la Constitución apoyado por los sectores “realistas” que habían elaborado el
“Manifiesto de los Persas”, documento redactado probablemente por Bernardo Mozo
de Rosales y que ponía en tela de juicio la obra de las cortes Constituyentes
y, en particular, el texto Constitucional de 1812 por entender que no había
hecho más que introducir en España las ideas subversivas e impías de la
Revolución Francesa las cuales eran contrarias, por completo, a la tradición
nacional española.Lamentablemente
la Constitución de 1812 no tuvo la pacífica y larga vida que su feliz
alumbramiento se merecía. En España, la reacción absolutista y la poca visión
política de aquel rey, Fernando VII, obstaculizaron el progreso y se situaron de
espaldas al curso de la historia y de su pueblo.
LOS
DIPUTADOS A CORTES
En este momento, se
distinguían 35 provincias y reinos que debían elegir a los diputados a razón de
uno por cada 50.000 ciudadanos. A los cuatro reinos que formaban Andalucía le
correspondían 38 diputados titulares y 12 suplentes que se vieron incrementados
por uno más en las ciudades de Córdoba, Cádiz, Granada, Jaén y Sevilla por
haber tenido representación en las cortes de 1789. En total, los parlamentarios
andaluces elegidos para estas Cortes Generales fueron 55 que, al final, se
quedaron en 51, de los que cinco correspondieron a la provincia de Cádiz, diez
al reino de Córdoba, quince al de Granada, seis al de Jaén y veinte al de
Sevilla.

Entre
los diputados hubo tres tendencias, aunque no puede hablarse todavía de
partidos políticos. Son “tendencias constitucionales”, esto es, grupos de
diputados unidos entre sí por una doctrina común, pero no idéntica. Hubo un
grupo llamado “realistas” que criticaron tanto las doctrinas absolutistas como
el pensamiento revolucionario francés. Su lema sería: “ni revolución, ni
reacción, reforma de la existente”.
Otra
tendencia estaba formada por los liberales, a este movimiento estaba vinculado
el diputado jienense, natural de Arjonilla, Francisco González Peinado, militar de profesión e incorporado a
las Cortes desde el día de su constitución. En sus intervenciones apoyaría, entre
otras cosas, la libertad de imprenta, la inviolabilidad de la correspondencia,
los límites del ejecutivo frente al poder legislativo y la fijación de premios
a los “patriotas” y de castigos “a los que habían huido de las balas o habían
estado sirviendo al rey José I”.
Además
del diputado ya citado, fueron elegidos por el reino de Jaén:
-
Diego Marín y Vadillos, de Mancha
Real, que destacó por ser el primero en realizar un estudio histórico,
geográfico y estadístico de la provincia.
-
José Serrano y Soto de Jaén capital,
fue abogado y juez en Granada durante el Trienio Liberal de 1820, además de
Presidente de la Diputación.
-
Juan Manuel Subrié Martínez de
Santisteban del Puerto, tuvo un papel relevante en la comisión de justicia, fue
secretario de las cortes y volvió a ser elegido diputado en el Trienio Liberal.
Ocupó también el puesto de Presidente de la Diputación.
-
Tomás Ruiz Tauste nacido en Navas de
San Juan, presbítero y prior de este pueblo. Perteneció a la comisión
eclesiástica en la que entró a formar parte, sustituyendo al diputado por
Cataluña Félix Aités.
-
José Manuel de Vadillo Hernández,
nació en Cádiz y fue abogado y comerciante. Ocupó cargos de relevancia como
ministro de ultramar y de la gobernación en 1837. Fue el primer Presidente de
la Diputación de Jaén.
Todos
ellos, en febrero del año 2012, fueron galardonados con la Medalla de Oro de la
Provincia que les impuso a título póstumo la Diputación de Jaén.
Los
liberales, sin ser mayoría, contaron con el tercer grupo de diputados “los
americanos” para aprobar un programa político y económico totalmente nuevo. Fue
entonces cuando el adjetivo liberal, sinónimo de magnánimo y generoso, tomó
contenido político como defensor de las libertades. Estos
diputados liberales eran en su gran mayoría jóvenes. Entre los mayores
destacaba Diego Muñoz Torrero, clérigo y que había ejercido como rector de la
Universidad salmantina, que contaba con 49 años. Otro era Agustín Argüelles,
que por su oratoria fue apodado “el divino”, durante las cortes tendría 34
años. El poeta Juan Nicasio Gallego que contaba 38 años en 1810 y el Conde
Toreno que sólo tenía 24 años cuando participó en los debates de las Cortes.